El 7 de julio de 2026, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) emitió una decisión precedente, Matter of R-A-N-, 29 I&N Dec. 739 (BIA 2026). Afecta directamente a los ciudadanos rusos que salieron del país para evitar la movilización y que ahora solicitan asilo en Estados Unidos. A continuación se explica qué resolvió realmente la Junta, por qué el temor al reclutamiento ya no se considera por sí solo un fundamento para el asilo, y qué motivos siguen funcionando.

En breve

  • Huir del reclutamiento o de la movilización no constituye, por sí solo, un fundamento para el asilo: hace falta un nexo con uno de los cinco motivos protegidos — raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.
  • La condena internacional del ejército ruso, por sí sola, no convierte el reclutamiento en "persecución" a efectos de asilo. El solicitante debe demostrar que él personalmente se vería obligado a participar en conductas inhumanas — y que ello está vinculado a un motivo protegido.
  • La decisión se emitió el 7 de julio de 2026 como precedente vinculante para los Jueces de Inmigración y el DHS en todo el país. No cierra el asilo para los rusos, pero eleva el estándar de prueba.
Situación actual a julio de 2026. Matter of R-A-N- fue publicada por la Junta de Apelaciones de Inmigración como precedente el 7 de julio de 2026 (Interim Decision #4215). Las decisiones precedentes de la BIA son vinculantes para todos los Jueces de Inmigración y los funcionarios del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) mientras no sean revocadas por el Fiscal General o por un tribunal federal. En el caso del solicitante ruso, la Junta anuló una concesión de asilo previa y devolvió el caso al Tribunal de Inmigración únicamente para resolver la protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT). Fuente primaria — el texto de la decisión en el sitio del Departamento de Justicia de EE. UU..

Contenido

Qué resolvió la BIA

La Junta resolvió que el reclutamiento militar no es un motivo autónomo, un "sexto" motivo, para el asilo. Para tener derecho al asilo, el solicitante debe demostrar una conexión entre la persecución que teme y uno de los cinco motivos enumerados en la ley. La falta de voluntad de servir, el temor a la movilización o el hecho de que el ejército de un país participe en un conflicto condenado por la comunidad internacional no sustituyen, por sí solos, ese requisito.

La Junta precisó su antigua posición del caso Matter of A-G-, 19 I&N Dec. 502 (BIA 1987): incluso la excepción que permite considerar el reclutamiento como persecución — cuando el servicio obligaría a la persona a cometer conductas inhumanas — solo se aplica cuando existe un nexo con un motivo protegido. La decisión fue redactada por el juez Goodwin; el juez Mullane emitió una opinión concurrente, señalando que el caso podría haberse resuelto ya con base en el requisito de nexo de la decisión de la Corte Suprema de EE. UU. en INS v. Elias-Zacarias, 502 U.S. 478 (1992).

Qué ocurrió en el caso

A continuación se exponen los hechos tal como constan en la propia decisión (Matter of R-A-N-, 29 I&N Dec. 739, 739–745). El solicitante — ciudadano ruso — pidió asilo alegando opiniones políticas opositoras y temor al reclutamiento forzoso. Según su testimonio, huyó a Turquía en octubre de 2022, cuando se intensificaron las órdenes de movilización y reclutamiento en Rusia. Después, su madre fue visitada varias veces en el domicilio registrado del solicitante: en marzo de 2023, por hombres uniformados que preguntaron por su paradero; una semana después, por los mismos hombres, que indicaron que estaba sujeto al servicio militar y debía someterse a un examen médico para su despliegue; en octubre de 2023, por administradores municipales; y en septiembre de 2024, por personal militar que entregó una citación en la que se le exigía presentarse a un examen médico con fines de despliegue militar.

El Juez de Inmigración determinó que no hubo persecución pasada y concluyó que el temor subjetivo del solicitante por motivos políticos no era objetivamente razonable, y no halló nexo entre el daño temido y la opinión política ni ningún otro motivo protegido. No obstante, el juez concedió el asilo — con el fundamento de que el solicitante tenía un temor fundado de persecución por el reclutamiento en un "ejército condenado internacionalmente". El DHS apeló, y la BIA no coincidió con el juez.

Por qué huir de la movilización no basta por sí solo

La Junta parte de un principio establecido desde hace tiempo: un Estado tiene derecho a reclutar a sus ciudadanos, y el castigo ordinario por evadir el servicio, por regla general, no se considera persecución (Matter of Vigil, 19 I&N Dec. 572 (BIA 1988); Matter of A-G-, 19 I&N Dec. 502 (BIA 1987)). La evasión del reclutamiento, especialmente en tiempo de guerra, se castiga con severidad en muchos países — eso por sí solo no crea un derecho a protección.

El punto de referencia clave es la decisión de la Corte Suprema en INS v. Elias-Zacarias: la ley "hace que el motivo sea decisivo", y la carga recae en el solicitante, que debe demostrar que sería perseguido precisamente "a causa de" su motivo protegido. Además, ese motivo se evalúa desde el lado de la víctima — por su motivo protegido real o imputado, no por los del perseguidor —, lo que resulta relevante para los casos basados en una opinión política imputada. El Juez de Inmigración, según concluyó la Junta, incurrió en error de derecho al considerar el reclutamiento en un ejército condenado como fundamento suficiente sin esa conexión.

Qué es el "nexo" y los cinco motivos protegidos

El nexo es el vínculo causal entre el daño temido y un motivo protegido: el solicitante debe demostrar que la persecución está motivada por su motivo protegido, real o imputado. Los cinco motivos están consagrados en la definición de "refugiado" (INA § 101(a)(42)(A)):

  • raza;
  • religión;
  • nacionalidad;
  • pertenencia a un determinado grupo social (particular social group);
  • opinión política (real o imputada).

El reclutamiento no figura en esta lista. Por eso el temor a la movilización, por sí solo, no encaja en la definición de refugiado — debe estar "vinculado" a uno de los cinco motivos.

La excepción de "conducta inhumana" y un ejército condenado

Existe una excepción estrecha: negarse al reclutamiento puede constituir persecución si el servicio obligara a la persona a cometer conductas inhumanas — es decir, conductas condenadas por la comunidad internacional como contrarias a las normas básicas de la conducta humana (Matter of R-R-, 20 I&N Dec. 547 (BIA 1992)). Antes, la redacción de Matter of A-G- a veces se leía como si esta excepción no exigiera un nexo con un motivo protegido; dos decisiones no publicadas del Noveno Circuito admitían esa lectura.

En Matter of R-A-N-, la Junta precisó expresamente: la excepción de conducta inhumana también debe estar vinculada a un motivo protegido. La condena internacional de las acciones del ejército ruso no convierte, por sí sola, el reclutamiento en persecución. El solicitante debe demostrar no solo que él personalmente "se vería necesariamente obligado a cometer conductas inhumanas", sino también un nexo con uno de los cinco motivos. Por separado, la Junta señaló que la conclusión del juez sobre un "castigo desproporcionadamente severo" por negarse a servir también era errónea, porque el juez no analizó si tal castigo ocurriría a causa de un motivo protegido.

A quién obliga la decisión

Matter of R-A-N- es un precedente publicado de la BIA. Esto significa que obliga a todos los Jueces de Inmigración y funcionarios del DHS en todo el país, mientras no sea modificado o revocado por el Fiscal General o por un tribunal federal de apelaciones. El propio caso surgió en la jurisdicción del Undécimo Circuito (Georgia), pero el precedente no se limita a un solo circuito.

La Junta también señaló una posible tensión con dos decisiones no publicadas del Noveno Circuito, que "precisó". Aquí es importante distinguir dos niveles. Para los Jueces de Inmigración y los funcionarios del DHS, el precedente es vinculante desde ya. La revisión judicial federal es una vía separada: los tribunales de apelaciones no están obligados por el precedente de la BIA y pueden adoptar su propia interpretación, de modo que en ciertos circuitos — sobre todo donde la jurisprudencia del Noveno Circuito difiere de la posición de la Junta — son posibles conflictos prolongados. Hasta que un tribunal federal resuelva otra cosa, el precedente de la BIA sigue siendo el estándar vigente.

¿Significa esto que los rusos ya no obtienen asilo?

No. La decisión no prohíbe el asilo para los rusos ni dice que huir de la movilización nunca pueda conducir a protección. Elimina una vía concreta — intentar obtener asilo únicamente con base en el reclutamiento en un ejército condenado, sin nexo con un motivo protegido. Las solicitudes en las que esa conexión se construye y se prueba siguen siendo viables. Se trata de elevar el estándar de prueba y trasladar el foco al nexo, no de cerrar la categoría por completo.

Qué motivos pueden funcionar

La propia definición de refugiado y la jurisprudencia previa dejan abiertas varias vías, cada una de las cuales exige un nexo con un motivo protegido y pruebas individualizadas:

  • Opinión política (real o imputada). Una postura pública contra la guerra, la participación en protestas o declaraciones por las que el Estado atribuye a la persona opiniones opositoras y la persigue precisamente por ellas. Según Elias-Zacarias, es esencial demostrar que el perseguidor está motivado por las opiniones del solicitante.
  • Reclutamiento discriminatorio o selectivo. Si la movilización recae de forma desproporcionada sobre un determinado grupo étnico, religioso o de otro tipo, el reclutamiento puede vincularse con la raza, la nacionalidad o un grupo social.
  • Castigo desproporcionadamente severo por un motivo protegido. Cuando la evasión se castiga con mayor dureza precisamente a los miembros de un determinado grupo.
  • Convicciones religiosas. Situaciones en las que el castigo por negarse a servir se aplica de forma selectiva — por ejemplo, solo a quienes tienen objeciones religiosas.
  • La excepción de conducta inhumana — con nexo. La prueba de que el solicitante personalmente se vería obligado a participar en conductas condenadas ahora solo funciona junto con una conexión con un motivo protegido.

Ninguna de estas vías funciona de manera automática: en cada caso hacen falta pruebas concretas e individualizadas del motivo del perseguidor.

CAT y withholding of removal: vías separadas

Además del asilo existen otras formas de protección, y sus estándares difieren.

Protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT). No exige un nexo con un motivo protegido, pero sí exige probar que es "más probable que no" (es decir, una probabilidad superior al 50 %) que la persona sea sometida a tortura con el consentimiento o la aquiescencia del Estado. Esta es precisamente la cuestión que la BIA devolvió al Tribunal de Inmigración en R-A-N- para su resolución por separado.

Withholding of removal (retención de expulsión) bajo la INA. Al igual que el asilo, exige un nexo con un motivo protegido, por lo que esta decisión también le afecta. Su estándar de probabilidad, sin embargo, es más alto que el del asilo: hay que probar que la persecución es "más probable que no".

La diferencia de estándares es significativa: el asilo tiene un umbral de probabilidad más bajo (un temor fundado) pero exige un nexo; la CAT no exige nexo, pero el umbral de probabilidad de tortura es más alto.

Qué significa en la práctica para los solicitantes

El efecto práctico de la decisión es un traslado del foco: del hecho mismo del reclutamiento a la prueba del motivo. En los casos que antes se apoyaban en la teoría del "ejército condenado", ahora pasa a primer plano el vínculo entre el daño temido y un motivo protegido, junto con pruebas individualizadas: testimonio, documentos, informes sobre las condiciones del país e informes periciales. Las cuestiones del servicio alternativo, del reclutamiento selectivo y de la opinión política imputada cobran mayor peso.

Este es un ámbito en el que los errores salen caros y cada situación es distinta. Este material es informativo y no constituye asesoría legal; para un caso concreto, es prudente consultar a un abogado de inmigración con licencia.

Qué dice un abogado de inmigración

Pedimos al abogado de inmigración de California Yevgeniy Chechenin que evaluara qué significa Matter of R-A-N- para los solicitantes rusos. Su comentario aparece a continuación. Refleja la opinión de un abogado en ejercicio, no la posición de la redacción, y no es asesoría legal sobre ningún caso concreto.

«Matter of R-A-N- es una decisión importante de la BIA para los casos basados en el temor a la movilización. Debo señalar de entrada que esta decisión con casi toda seguridad será apelada ante los tribunales federales de circuito y que, en el futuro, los circuitos federales darán mayores precisiones sobre casos similares. Pero, por ahora, esta decisión es un precedente vinculante para todos los Jueces de Inmigración y funcionarios del DHS en Estados Unidos. Algunos solicitantes de asilo en EE. UU. creen erróneamente que el mero hecho de huir de la movilización otorga derecho al asilo. Esa creencia pudo formarse tras las declaraciones de la administración del presidente Biden en septiembre de 2022, cuando la portavoz de la Casa Blanca dijo que Estados Unidos recibiría a cualquier ciudadano ruso que buscara asilo tras huir de la movilización.

La decisión de la BIA vuelve a poner de relieve lo compleja que es la ley de inmigración estadounidense, y que la jurisprudencia de EE. UU. puede cambiar. Para obtener asilo hay que probar una persecución pasada o un temor fundado de persecución futura por uno de los motivos enumerados en la ley. Huir de la movilización no encaja automáticamente en esos motivos. El asilo puede concederse cuando el servicio militar exigido por el Estado obligara inevitablemente al solicitante a cometer actos inhumanos, condenados por la comunidad internacional como contrarios a las normas básicas de la conducta humana. Pero, según Matter of R-A-N-, incluso en ese caso se requiere un nexo con uno de los cinco motivos legales.

Al mismo tiempo, es importante entender la otra cara. La decisión no significa que los solicitantes de asilo que, entre otras cosas, temen la movilización no tengan derecho al asilo en Estados Unidos. En muchos solicitantes, por ejemplo, el temor a la movilización va unido a convicciones políticas y a su expresión pública, lo que puede crear un temor fundado de persecución futura por motivo de opinión política. Es posible que el reclutamiento sea una forma de castigo por opiniones opositoras. Algunos solicitantes tienen un temor fundado de persecución por motivo de nacionalidad o religión. En mi práctica, cada caso se evalúa de forma individual. La actividad política, las declaraciones públicas contra la guerra, la participación en protestas, las convicciones religiosas, la opinión política imputada u otras circunstancias pueden seguir siendo decisivas. Una de las cuestiones centrales al preparar un caso es establecer la conexión jurídica entre la persecución y un motivo protegido.

Por eso, las personas que ya están en un proceso o que apenas planean solicitar asilo deben tener en cuenta todos los matices y hechos de su caso y no contar con obtener el asilo de forma automática por el temor a la movilización. Tras Matter of R-A-N-, la preparación cuidadosa de los hechos, los documentos y la argumentación jurídica en cada caso concreto adquiere aún más importancia.»

Sobre el experto
Yevgeniy Chechenin, Attorney at Law
Miembro del Colegio de Abogados del Estado de California (State Bar of California), Bar No. 242469.
1777 N. California Blvd., Ste 300, Walnut Creek, CA 94596
Tel.: (510) 207-0007

El reclutamiento y la movilización en Rusia hoy

Esta sección es contexto del país basado en medios de comunicación, actos oficiales y organizaciones de derechos humanos — no forma parte de la decisión de la BIA. La Junta no estableció estos hechos; se incluyen para dar contexto al entorno en el que se resuelven estos casos.

El contexto en el que se resuelven estos casos sigue cambiando. Desde el 1 de enero de 2026, en Rusia rige el reclutamiento durante todo el año: las oficinas de reclutamiento funcionan todo el año, aunque el envío de los reclutas a las unidades sigue realizándose en dos ventanas — del 1 de abril al 15 de julio y del 1 de octubre al 31 de diciembre. Para 2026 se anunció un objetivo de reclutamiento de 261 000 personas; el reclutamiento afecta a los hombres de 18 a 30 años. Las citaciones electrónicas se publican en un registro, con un plazo de comparecencia y una prohibición de salida que entra en vigor en el momento en que la citación aparece en el registro.

Aparte del reclutamiento ordinario existe la movilización: la movilización parcial anunciada en septiembre de 2022 nunca se dio por "terminada" mediante decreto. En 2026, proyectos de derechos humanos informaron de casos en los que las oficinas de reclutamiento insertaban órdenes de movilización en los expedientes de los ciudadanos bajo el pretexto de "actualizar los datos". Estas circunstancias conforman el contexto del país, pero — como muestra Matter of R-A-N- — no sustituyen, por sí solas, la prueba de una conexión con un motivo protegido; su peso jurídico depende de si están vinculadas a uno de los cinco motivos.

Errores frecuentes

  • "Si el ejército está en guerra y es condenado, el reclutamiento es automáticamente persecución". No: la condena internacional de las acciones de un ejército no basta por sí sola.
  • "Basta con demostrar que pueden enviarme a la guerra". No basta sin una conexión con uno de los cinco motivos.
  • "La excepción de conducta inhumana funciona por sí sola". Tras R-A-N-, también exige un nexo.
  • "La decisión cerró el asilo para los rusos". No: estrechó una vía, dejando intactos los motivos vinculados a características protegidas y la protección separada bajo la CAT.
  • "Esto solo se aplica a Georgia / al Undécimo Circuito". No: como precedente de la BIA, obliga a los Jueces de Inmigración y al DHS en todo el país. La disputa no sería "solo en Georgia", sino en la revisión ante los tribunales federales de apelaciones.

Preguntas frecuentes (FAQ)

¿Qué resolvió exactamente la BIA en Matter of R-A-N-?
Que el reclutamiento militar no es un motivo autónomo para el asilo: se requiere un nexo con uno de los cinco motivos protegidos. La excepción de conducta inhumana y de servicio en un ejército condenado también exige esa conexión.

¿El temor a la movilización otorga derecho al asilo en EE. UU.?
Por sí solo — no. Hay que probar que la persecución está motivada por la raza, la religión, la nacionalidad, la pertenencia a un determinado grupo social o la opinión política.

¿Esta decisión cerró el asilo para los rusos que huyeron de la movilización?
No. Eliminó la vía del "reclutamiento en un ejército condenado" por sí solo. Las solicitudes con una conexión probada con un motivo protegido siguen siendo viables.

¿Qué es el nexo?
El vínculo causal entre el daño temido y un motivo protegido: la persecución debe estar motivada por el motivo protegido, real o imputado, del solicitante.

¿Sigue funcionando la excepción de "conducta inhumana"?
Sí, pero tras R-A-N- solo se aplica cuando existe un nexo con un motivo protegido — no basta una referencia al carácter general del conflicto.

¿Sigue disponible la protección bajo la Convención contra la Tortura (CAT)?
Sí. La CAT no exige nexo, pero sí exige probar que la tortura es "más probable que no" con el consentimiento o la aquiescencia del Estado. En R-A-N-, esta cuestión se devolvió al tribunal.

¿Es vinculante esta decisión en todo el país?
Para los Jueces de Inmigración y los funcionarios del DHS — sí: es un precedente publicado de la BIA, vinculante en todas partes mientras no sea revocado por el Fiscal General o por un tribunal federal. Dicho esto, los tribunales federales de apelaciones no están obligados por el precedente de la BIA y pueden adoptar una interpretación distinta en la revisión.

¿Es esto asesoría legal?
No. Este material es informativo. Para su situación concreta, necesita una consulta con un abogado de inmigración con licencia.

Fuentes oficiales

Recurso Para qué sirve
Matter of R-A-N-, 29 I&N Dec. 739 (BIA 2026) — texto de la decisión (Departamento de Justicia de EE. UU.) Fuente primaria: texto completo de la decisión precedente
EOIR, Volumen 29 — lista de decisiones precedentes de la BIA Lista oficial y cita de las decisiones del volumen 29
Board of Immigration Appeals (BIA) — sobre la Junta Estatus y competencias de la BIA; fuerza vinculante del precedente
USCIS — Asilo Reglas generales y proceso para solicitar asilo
Matter of A-G-, 19 I&N Dec. 502 (BIA 1987) — precedente fundacional sobre reclutamiento La base histórica del estándar que R-A-N- precisa

Material informativo, actualizado a julio de 2026, que no constituye asesoría legal. El precedente y las circunstancias cambian — antes de actuar, verifique con las fuentes oficiales y consulte a un abogado de inmigración con licencia.