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Inmigración a EE. UU.: cómo funciona el sistema

La ley migratoria de EE. UU. clasifica a los no ciudadanos en dos grandes grupos: inmigrantes (immigrants), que buscan vivir en el país de forma permanente mediante una green card, y no inmigrantes (nonimmigrants), admitidos de forma temporal para un fin concreto como visitar, estudiar o trabajar. A qué grupo pertenece una persona —y a qué categoría dentro de él— define qué puede hacer, cuánto puede quedarse y si algún camino conduce a la residencia permanente y, con el tiempo, a la ciudadanía. Varias agencias federales manejan cada una una parte distinta del sistema.

Estado a julio de 2026. Una ley de larga data exige que los no ciudadanos que permanecen 30 días o más, y que no estaban ya registrados a través de una visa, un registro I-94 o una solicitud previa, se registren ante USCIS —un deber que el gobierno empezó a aplicar de forma activa en abril de 2025 mediante el nuevo Formulario G-325R. Una regla final que adopta el requisito entró en vigor el 29 de junio de 2026. El registro no es un estatus migratorio y no otorga ningún beneficio ni permiso de trabajo; los no ciudadanos de 18 años o más por lo general deben portar prueba de registro. El control en todo el sistema se ha endurecido en general.

Inmigrantes y no inmigrantes

La división más básica del sistema es entre lo temporal y lo permanente. A un no inmigrante se le admite para un fin y un periodo determinados —un turista, un estudiante, un trabajador temporal— y se espera que salga cuando ese fin termina; estas categorías se abordan en el tema de las visas de no inmigrante. Un inmigrante es alguien aprobado para vivir en Estados Unidos de forma permanente como residente permanente legal (lawful permanent resident), el nombre formal del titular de una green card. Los residentes permanentes pueden vivir y trabajar en cualquier parte del país y, tras cumplir los requisitos, solicitar la ciudadanía de EE. UU.. Una misma persona puede moverse entre estos mundos con el tiempo —por ejemplo, entrar como estudiante y luego convertirse en residente permanente.

Una visa y un estatus no son lo mismo

Dos términos suelen confundirse. Una visa (visa) es un documento de viaje que un consulado de EE. UU. en el exterior coloca en el pasaporte; permite a su titular viajar a un puerto de entrada y pedir ser admitido. El estatus (status) es la categoría legal que una persona tiene una vez que efectivamente es admitida en el país, y lo rige el Departamento de Seguridad Nacional, no el consulado. Los dos pueden moverse por separado: un sello de visa puede vencer mientras la persona sigue con estatus válido dentro de EE. UU., y el estatus puede terminar aunque la visa del pasaporte aún parezca válida. Por eso el registro de admisión —el Formulario I-94— suele importar más que la calcomanía de la visa para alguien que ya está en el país.

Los caminos principales a la green card

La mayor parte de la inmigración permanente pasa por una de cuatro rutas amplias. La familiar es la más grande: los ciudadanos y residentes permanentes pueden pedir a ciertos parientes. La de empleo abarca categorías basadas en un trabajo, normalmente con un empleador patrocinador. La protección humanitaria ampara a quienes huyen de un daño o están en situaciones vulnerables —incluidos el asilo y el estatus de refugiado y programas descritos en el tema de la protección humanitaria. La lotería de visas de diversidad ofrece cada año un número limitado de green cards a personas de países con bajas tasas de inmigración reciente. Cada ruta tiene sus propias reglas de elegibilidad, y muchas conllevan largas esperas por los límites numéricos anuales.

Quién maneja el sistema migratorio

Ninguna agencia única maneja la inmigración; el trabajo se reparte entre varias. USCIS (dentro del Departamento de Seguridad Nacional) resuelve solicitudes y peticiones: green cards, permisos de trabajo, naturalización y registro. CBP, también dentro de DHS, controla la frontera y los puertos de entrada y decide a quién se admite. ICE, el tercer componente de DHS, maneja la aplicación de la ley en el interior, incluidas la detención y la expulsión, descritas en el tema de la aplicación de la ley y la detención. El Departamento de Estado emite visas en sus consulados en el exterior y publica el Boletín de Visas mensual. Por último, las cortes de inmigración —a cargo de EOIR, dentro del Departamento de Justicia y no de DHS— deciden los casos de expulsión, tratados en el tema de la corte de inmigración y la expulsión.

Fuera de estatus, presencia ilegal y el cambio de estatus

Estar fuera de estatus (out of status) significa violar las condiciones de una admisión: por ejemplo, trabajar sin autorización, quedarse pasada la fecha permitida o abandonar un programa de estudios. La presencia ilegal (unlawful presence) es una idea relacionada pero más estrecha: un conteo específico del tiempo pasado en el país sin autorización que, al superar los 180 días o el año, puede activar castigos para regresar tras una salida. Una persona puede estar fuera de estatus sin que la presencia ilegal se acumule al mismo ritmo, y ambas se miden de forma distinta. Dos trámites del sistema tienen nombres parecidos pero distinto significado: un cambio de estatus (change of status) pasa a una persona de una categoría de no inmigrante a otra mientras permanece en EE. UU. (un estudiante que pasa a una categoría de trabajo, por ejemplo), mientras que el ajuste de estatus (adjustment of status) es el proceso de solicitar una green card desde dentro del país, con el Formulario I-485, para quienes son elegibles.

¿Cuál es la diferencia entre un inmigrante y un no inmigrante?

A un inmigrante se le admite para vivir en Estados Unidos de forma permanente, como residente permanente legal (titular de green card), y puede después buscar la ciudadanía. A un no inmigrante se le admite de forma temporal para un fin concreto —turismo, estudio o un trabajo de plazo fijo— y se espera que salga cuando ese fin termina. La categoría determina qué puede hacer la persona y cuánto puede quedarse.

¿Cuál es la diferencia entre una visa y el estatus?

Una visa es un documento emitido por un consulado de EE. UU. en el exterior que permite a una persona viajar a un puerto de entrada y pedir la admisión. El estatus es la categoría legal que la persona tiene una vez admitida, gestionada por el Departamento de Seguridad Nacional. Una visa puede vencer mientras la persona conserva estatus válido en EE. UU., y el estatus puede caducar aunque la visa aún parezca válida, por lo que se llevan por separado.

¿Cuál es la diferencia entre estar fuera de estatus y la presencia ilegal?

Estar fuera de estatus significa haber roto las condiciones de una admisión, como quedarse de más o trabajar sin permiso. La presencia ilegal es un conteo legal distinto del tiempo presente sin autorización, y llegar a 180 días o a un año puede crear un castigo de 3 o 10 años para regresar tras salir del país. Alguien puede estar fuera de estatus sin que la presencia ilegal se acumule al mismo ritmo, así que los dos conceptos no siempre coinciden.

¿Qué es un cambio de estatus (change of status)?

Un cambio de estatus es el proceso de pasar de una categoría de no inmigrante a otra sin salir de Estados Unidos —por ejemplo, un estudiante en estatus F-1 que pasa a una categoría de trabajo temporal. Se solicita ante USCIS, y por lo general la persona debe mantener estatus válido al momento de pedirlo. Es distinto de ajustar a la residencia permanente.

¿Qué es el ajuste de estatus (adjustment of status)?

El ajuste de estatus es la vía por la cual una persona elegible que ya está dentro de Estados Unidos solicita convertirse en residente permanente legal sin volver a su país para el trámite consular. Se presenta con el Formulario I-485. La elegibilidad depende de la categoría de inmigrante y, cuando la categoría tiene límite numérico, de que haya una visa disponible.

¿Qué agencia se encarga de qué?

USCIS resuelve solicitudes y peticiones, incluidas green cards, permisos de trabajo y naturalización. CBP maneja la frontera y los puertos de entrada y decide la admisión. ICE se encarga de la aplicación de la ley en el interior, la detención y la expulsión. El Departamento de Estado emite visas en el exterior y publica el Boletín de Visas. Las cortes de inmigración, parte de EOIR dentro del Departamento de Justicia, deciden los casos de expulsión.

Fuentes que seguimos: USCIS, DHS, EOIR, el Federal Register y las cortes federales.