Estado al 26 de octubre de 2026. ¿Cuál es su estatus migratorio en Estados Unidos? Es su clasificación legal conforme a las leyes de inmigración, no simplemente el documento que tiene en la mano. Una visa se utiliza, por lo general, para solicitar la entrada; el Formulario I-94 documenta la admisión u otro acto migratorio; el EAD acredita autorización para trabajar; y la green card demuestra la condición de residente permanente. Una persona puede tener varios de estos documentos y cada uno significa algo distinto.

Confundir el vencimiento de la visa con el periodo autorizado para permanecer en el país, o pensar que un permiso laboral concede por sí solo un estatus legal, puede provocar errores importantes. El Departamento de Estado distingue expresamente la validez de la visa de la duración de la estancia. Información comprobada al 26 de octubre de 2026.

Estatus migratorio, visa, I-94, EAD y green card: diferencias

ConceptoQué significaQué no demuestra
Estatus migratorioClasificación legal, por ejemplo F-1 (estudiante), H-1B (trabajador), persona con asilo concedido o residente permanente.Una notificación de recibo no concede automáticamente un estatus nuevo.
VisaDocumento consular generalmente utilizado para viajar y solicitar admisión en una categoría.No garantiza entrada y su vencimiento no determina cuánto puede quedarse tras ingresar.
I-94Registro de entrada/salida, admisión o parole. Puede mostrar clase de admisión, fecha límite o anotación D/S.No es automáticamente permiso de trabajo ni residencia permanente.
EADTarjeta emitida por USCIS que acredita autorización laboral para la categoría aprobada.No concede por sí sola residencia permanente ni crea un nuevo estatus de no inmigrante.
Green card (I-551)Prueba de residencia permanente legal (LPR), normalmente con derecho a vivir y trabajar en EE. UU.No es ciudadanía. Una tarjeta ordinaria vencida no extingue automáticamente la residencia.

Cómo recordarlo: el estatus indica la situación legal; la visa sirve para solicitar entrada; el I-94 documenta cómo y hasta cuándo se registró la admisión o parole; el EAD confirma autorización de empleo; y la green card demuestra residencia permanente.

¿Cuáles son los principales tipos de estatus migratorio?

1. Estatus temporal de no inmigrante

Visitantes B-1/B-2, estudiantes F-1, participantes de intercambio J-1, trabajadores H-1B y ciertos familiares dependientes pueden estar en Estados Unidos con una clasificación temporal y condiciones específicas. Tener una visa de turismo vigente no autoriza a aceptar un empleo. En F-1 puede aparecer D/S (duration of status) en lugar de una fecha fija: el estudiante debe seguir cumpliendo las condiciones del programa. La categoría H-1B tiene requisitos propios relacionados con la actividad laboral y el empleador. No aplique una misma regla a todas las categorías.

Quien tiene residencia permanente legal cuenta con un estatus diferente del de un visitante o estudiante. La green card acredita esa condición. La tarjeta física normal dura 10 años y puede vencer sin extinguir por ello el estatus de residente; la renovación del documento suele realizarse con Formulario I-90. Para una residencia condicional de dos años se aplican otras reglas. Consulte la guía de residencia permanente de FACTUM (en inglés).

3. Asilo, TPS, parole y otras protecciones

Quien obtuvo asilo tiene una clasificación migratoria protegida. Quien tiene una solicitud de asilo pendiente todavía no ha recibido asilo por el solo hecho de presentarla. Puede disponer de ciertas protecciones o de un periodo de estancia autorizado conforme a normas concretas, pero la solicitud no crea automáticamente un estatus legal de no inmigrante. Los antecedentes de entrada, otras solicitudes y un posible procedimiento judicial pueden cambiar el análisis.

El Estatus de Protección Temporal (TPS) ofrece protección temporal y puede permitir autorización laboral, pero no conduce por sí solo directamente a una green card. La ley contiene reglas especiales que consideran a los beneficiarios de TPS como personas que mantienen estatus legal para determinadas finalidades de ajuste de estatus. El parole permite la presencia temporal conforme a una autorización específica; el parole bajo INA §212(d)(5) no es una admisión y tampoco concede residencia permanente. Consulte USCIS: TPS, USCIS: asilo y USCIS: parole humanitario.

¿Cuándo debo salir de Estados Unidos: al vencer la visa o el I-94?

Por lo general, la fecha de vencimiento de la visa no es el límite de permanencia. La visa permite viajar para solicitar admisión. Después, la duración de estancia y su clase suelen constar en el I-94 o en una decisión posterior válida de USCIS. Una persona puede tener una visa B-2 vigente hasta 2028 y un I-94 válido solo hasta cierta fecha en 2026: no puede asumir que puede permanecer hasta 2028. A la inversa, alguien puede permanecer dentro de un periodo autorizado después de vencer el sello de visa, siempre que mantenga los requisitos de su clasificación. Para regresar desde otro país puede ser necesario contar con una visa válida u otra documentación. Véase la guía oficial sobre vigencia de visas.

¿Cómo saber cuál es mi clase de admisión y fecha I-94?

  1. Abra el sitio oficial I-94 de CBP para consultar el registro electrónico más reciente, cuando exista.
  2. Localice Class of Admission – por ejemplo B-2 o F-1 – y Admit Until Date, o la anotación D/S. D/S requiere mantener las condiciones de la clasificación; no significa estancia ilimitada sin requisitos.
  3. Revise las decisiones más recientes de USCIS que hayan prorrogado o cambiado su categoría. Un aviso I-797 de aprobación puede incluir un nuevo I-94 que no figure en el sistema electrónico de CBP.
  4. Si encuentra errores, identifique qué agencia emitió el documento y siga su procedimiento de corrección; consulte nuestra guía del I-94 (en inglés).

No todas las personas tienen el mismo tipo de I-94. Puede existir en formato electrónico o en papel; los residentes permanentes normalmente utilizan otra prueba. No comparta pasaportes, números o documentos en servicios no oficiales. FACTUM no recopila I-94 de lectores.

No, no por sí solo. El EAD refleja elegibilidad laboral basada en otra clasificación o solicitud. Por ejemplo, algunas personas con asilo pendiente pueden obtener permiso de trabajo mientras esperan la resolución; también algunos solicitantes con I-485 pendiente. Pero el EAD no aprueba el asilo ni la green card, ni restablece un estatus de no inmigrante que haya vencido. Ciertos trabajadores están autorizados por su propia clasificación, y los residentes permanentes pueden trabajar sin una tarjeta EAD separada. Consulte USCIS Form I-765 y la guía del EAD (en inglés).

¿Una solicitud pendiente me concede estatus migratorio?

No necesariamente. Una petición I-130, un ajuste I-485, una solicitud de asilo o una solicitud de extensión pueden tener efectos legales muy diferentes. En algunos supuestos se considera la estancia autorizada para determinados fines sin que se cree un nuevo estatus migratorio legal. Las solicitudes oportunas de prórroga o cambio siguen normas propias. Estatus legal, presencia legal y periodo autorizado para calcular presencia ilegal son conceptos diferentes. Un recibo no permite automáticamente vivir o trabajar indefinidamente en Estados Unidos. Si pronto vence su I-94 o el estatus vigente, compruebe su situación específica. USCIS Case Status Online informa sobre el avance administrativo de un caso, no determina todos los aspectos del estatus personal.

¿Registrarse ante USCIS concede un estatus?

No. Las obligaciones de registro son independientes de la clasificación migratoria. USCIS explica que la inscripción no crea estatus legal ni autorización de trabajo. Un número de recibo tampoco reemplaza los requisitos legales del beneficio solicitado.

Ejemplos prácticos

  • Turista: tiene visa B-2 e I-94 con fecha de salida; debe respetar el I-94 aunque la visa venza después.
  • Estudiante: su visa F-1 caduca, pero puede seguir manteniendo F-1 bajo D/S si cumple los requisitos. Viajar y volver exige revisar otros documentos.
  • Asilo pendiente y EAD: el permiso laboral no significa que haya recibido asilo ni un estatus temporal legal por el mero EAD.
  • I-485 pendiente con EAD: poder trabajar no significa que se haya aprobado la residencia ni que sea seguro viajar.
  • Residente permanente: la green card de 10 años vence sin terminar automáticamente la residencia, pero puede necesitar prueba válida para trabajo o viaje.

Preguntas frecuentes

¿Qué pongo si un formulario pregunta «immigration status»?

Indique la clasificación legal específica que piden las instrucciones, como residente permanente legal, estudiante F-1, persona con asilo concedido o parolee. No escriba automáticamente «EAD holder» ni el número de visa. Si se pregunta por class of admission, responda la clase de admisión concreta.

¿Una visa vencida significa que estoy fuera de estatus?

No siempre; importan el periodo de admisión, las condiciones y posibles decisiones posteriores de USCIS. Consulte la explicación oficial del Departamento de Estado.

¿Tener un EAD significa que tengo green card?

No. Son documentos y situaciones legales diferentes.

¿FACTUM puede determinar mi estatus a partir de un recibo?

No. Se necesita revisar los fundamentos y antecedentes legales. No divulgue documentos ni números privados en comentarios.

Fuentes oficiales

Véase también: Cambio de estatus en EE. UU.: requisitos y formulario I-539.