Situación al 14 de octubre de 2026. Los Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades de Estados Unidos (CDC) prorrogaron hasta las 4:59 p. m., hora del este de Estados Unidos, del 10 de noviembre las restricciones de ingreso vinculadas al brote de ébola que ya estaban vigentes. Se aplican a muchas personas extranjeras, incluidos los residentes permanentes legales (titulares de una green card), que hayan estado en la República Democrática del Congo, Uganda o Sudán del Sur durante los 21 días anteriores. Los ciudadanos y nacionales estadounidenses quedan excluidos.

Los CDC renovaron la medida el 11 de octubre debido a la persistencia del brote de ébola causado por el virus Bundibugyo en África central. La prórroga no añade países ni elimina las principales excepciones. Da continuidad a restricciones introducidas por primera vez en mayo de 2026; no establece una prohibición nueva para los titulares de una green card.

La prórroga entró en vigor el 11 de octubre a las 5:00 p. m., hora del este. El documento quedó disponible para inspección pública el 14 de octubre y está previsto que se publique en el Federal Register el 15 de octubre.

¿A quiénes se les puede impedir la entrada?

El criterio determinante es el historial de viajes, no la nacionalidad. La orden se aplica a personas extranjeras no exentas que hayan salido de la República Democrática del Congo (RDC), Uganda o Sudán del Sur, o que hayan estado en alguno de esos países, durante los 21 días previos a su intento de ingreso a Estados Unidos. Ser ciudadano de uno de esos países no basta, por sí solo, para quedar sujeto a la orden si no se cumple el requisito de presencia reciente.

La orden incluye expresamente a los residentes permanentes legales (lawful permanent residents, LPR). Tener una green card o una visa estadounidense no concede por sí mismo una exención. La medida restringe el ingreso, pero no cancela por sí sola una visa ni extingue la residencia permanente. Una modificación de 42 CFR 71.40 realizada en mayo de 2026 eliminó la exención general que antes protegía a los residentes permanentes legales.

Los CDC también rechazaron establecer una exención general para quienes únicamente hayan hecho escala o tránsito por uno de los tres países. Según la agencia, las evaluaciones individuales de exposición serían difíciles de aplicar de manera uniforme dado el volumen de los viajes internacionales.

¿Quiénes están exentos?

La orden no se aplica a los ciudadanos ni a los nacionales de Estados Unidos. También contempla excepciones para determinadas categorías de militares estadounidenses, personal del Gobierno de Estados Unidos, personal asociado y ciertos familiares que cumplan los requisitos, siempre que se proporcionen las garantías de salud pública exigidas.

Otras excepciones quedan a discreción de las autoridades. Un funcionario de aduanas, con aprobación de un supervisor, puede conceder una excepción tras valorar las circunstancias, incluidos los intereses de las fuerzas del orden, la seguridad pública, las razones humanitarias y la salud pública. Los CDC también pueden conceder una excepción provisional, sujeta a una evaluación sanitaria al llegar bajo un procedimiento aprobado por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS). Ninguna de estas vías garantiza la admisión.

¿Por qué se prorrogaron las restricciones?

Según las cifras citadas por los CDC, hasta el 5 de octubre la RDC había registrado 8.665 casos confirmados de ébola causado por el virus Bundibugyo y 4.178 muertes. La orden anterior citaba 6.779 casos y 3.267 muertes. La agencia señala que el brote se ha extendido a nuevas zonas y que el rastreo de contactos sigue por debajo de su objetivo.

Uganda completó en agosto el período de vigilancia reforzada, y Sudán del Sur no había notificado casos confirmados vinculados a este brote cuando se preparó la orden. Aun así, los CDC mantuvieron a ambos países en la lista por los desplazamientos regionales y el riesgo de propagación transfronteriza. La agencia también citó un caso importado y mortal anunciado por Kenia el 6 de octubre, correspondiente a una persona que había viajado desde la RDC pasando por Uganda.

¿Qué ocurrirá después?

La orden está prevista para vencer el 10 de noviembre de 2026 a las 4:59 p. m., hora del este de Estados Unidos, salvo que los CDC la modifiquen o revoquen antes. La agencia seguirá evaluando la evolución del brote y la necesidad de mantener las restricciones. Se pueden presentar comentarios en el expediente CDC-2026-0892 durante los 15 días posteriores a la publicación en el Federal Register.

Preguntas frecuentes

¿La orden también se aplica a quienes tienen una green card?

Sí. La orden de los CDC incluye expresamente a los residentes permanentes legales que hayan estado en la República Democrática del Congo, Uganda o Sudán del Sur durante los 21 días anteriores, salvo que estén exentos o reciban una excepción discrecional.

¿Cuenta una escala en un aeropuerto de alguno de esos países?

La orden no establece una exención general para el tránsito. Los CDC mantienen el criterio de presencia física en el país y rechazaron sustituirlo por evaluaciones individuales de exposición. Determinar cómo se aplica a un itinerario concreto puede requerir un análisis individual del caso.

¿Cuándo vence la orden vigente?

Salvo que los CDC la modifiquen o revoquen antes, la prórroga seguirá vigente hasta las 4:59 p. m., hora del este de Estados Unidos, del 10 de noviembre de 2026.

Fuentes oficiales

Aviso: Factum Immigration ofrece información general, no asesoría legal. Para orientación sobre un caso individual, consulte a un abogado de inmigración con licencia.