Un tribunal federal de apelaciones revivió una demanda colectiva que cuestiona la constitucionalidad de los procedimientos de audiencias de fianza para inmigrantes detenidos, al considerar que una corte inferior aplicó un estándar legal incorrecto al descertificar la clase. La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos anuló la orden de descertificación y devolvió el caso a la corte de distrito para que continúe el proceso.
El caso, Onosamba-Ohindo v. Ball, fue presentado por Junior Onosamba-Ohindo, un inmigrante que estuvo detenido bajo detención migratoria discrecional después de que se le ordenara su liberación bajo una fianza que no podía pagar. Demandó en representación de una clase putativa de inmigrantes sujetos a los mismos procedimientos de audiencias de fianza en el Centro de Detención Federal de Buffalo en Batavia, Nueva York. La demanda alegaba que los procedimientos del gobierno para determinar si un inmigrante debe permanecer detenido violan el debido proceso.
En 2020, la Corte de Distrito de Estados Unidos para el Distrito Oeste de Nueva York certificó la clase bajo la Regla 23(b)(2), concluyendo que las reclamaciones planteaban defectos sistémicos de debido proceso y que una medida cautelar que modificara los procedimientos sería indivisible y adecuada para toda la clase. La corte también emitió una orden judicial preliminar a nivel de clase que exigía al gobierno cambiar sus procedimientos de audiencias de fianza, lo cual el gobierno cumplió.
Dos años después, la Corte Suprema decidió Garland v. Aleman Gonzalez, estableciendo que las cortes inferiores carecen de jurisdicción para emitir medidas cautelares a nivel de clase que impidan la operación de ciertas disposiciones de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), incluida la disposición en cuestión en este caso. Tras esa decisión, la corte de distrito descertificó la clase y denegó como discutida la moción de juicio sumario de Onosamba-Ohindo.
El panel del Segundo Circuito, en una opinión per curiam, determinó que, si bien la corte de distrito no erró al descertificar la clase para medidas cautelares, su decisión de descertificar la clase para medidas declaratorias se basó en factores no relevantes para el análisis de certificación de clase. El tribunal calificó esa decisión como un abuso de discreción.
“Concluimos que su decisión de descertificar la clase para medidas declaratorias se basó en factores que no son relevantes para el análisis de certificación de clase”, señala la opinión.