Una orden de deportación in absentia es una disposición de expulsión del país que un juez de inmigración dicta en ausencia de la persona solicitante (in absentia, «en rebeldía»). Según el Executive Office for Immigration Review (EOIR, Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración), cualquier demora en presentarse a una audiencia —ya sea preliminar (master calendar) o principal (individual calendar)— puede llevar a que se declare a la persona sujeta a expulsión en rebeldía (8 C.F.R. § 1003.26(c)).

Cómo funciona el sistema

El EOIR describe que contra una orden de expulsión dictada en rebeldía no existe una apelación directa. En cambio, las partes pueden presentar una moción para reabrir el caso (motion to reopen), mediante la cual se solicita al juez que reconsidere los motivos de la inasistencia. En los procedimientos de expulsión (removal), una orden dictada en rebeldía solo puede anularse si dicha moción prospera; la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals) no tiene jurisdicción para conocer apelaciones directas contra órdenes en rebeldía en esos procedimientos.

Según la descripción del EOIR, la moción suele prepararse con una portada que lleva la indicación «MOTION TO REOPEN AN IN ABSENTIA ORDER» y debe cumplir con los plazos y los requisitos de presentación aplicables. Si la persona solicitante cuenta con la representación de un profesional autorizado (practitioner of record) o recibió asistencia de su parte para preparar los documentos, la moción debe ir acompañada del formulario EOIR-28 o EOIR-61. El EOIR recomienda presentar junto con la moción el formulario de cambio de domicilio (EOIR-33/IC), a fin de que el tribunal de inmigración cuente con una dirección actualizada. Dependiendo de la naturaleza de la moción, puede requerirse el pago de una tasa o la solicitud de exención de la misma (8 C.F.R. § 1003.24(b)(2)).

El EOIR señala expresamente que los estándares aplicables a los procedimientos de deportación (deportation) y exclusión (exclusion) difieren de los que rigen los procedimientos de expulsión (removal) y se regulan por normas distintas (8 C.F.R. § 1003.26, § 1003.23(b)(4)(iii)). Las disposiciones que se describen a continuación corresponden, según indica el EOIR, únicamente a los procedimientos de removal. Una descripción general de cómo funcionan los procedimientos de expulsión se encuentra en la sección tribunal de inmigración y procedimientos de expulsión.

Fundamentos y plazos para la moción (procedimientos de removal)

De acuerdo con el documento del EOIR, una moción para anular una orden en rebeldía en procedimientos de removal debe demostrar alguno de estos tres supuestos: que la inasistencia se debió a circunstancias excepcionales (exceptional circumstances); que la persona solicitante no recibió notificación adecuada (proper notice) de la audiencia; o que la persona se encontraba bajo custodia federal o estatal y la inasistencia no fue por causa propia (INA § 240(b)(5)(C), 8 C.F.R. § 1003.23(b)(4)(ii)).

El término «circunstancias excepcionales» alude a situaciones fuera del control de la persona solicitante —por ejemplo, golpes u otras formas graves de violencia contra la persona solicitante, su hijo o su progenitor; una enfermedad grave de la persona solicitante; o la enfermedad grave o el fallecimiento de su cónyuge, hijo o progenitor—, pero no a razones de menor peso (INA § 240(e)(1)).

El EOIR establece los siguientes plazos para los procedimientos de removal:

  • si la moción se basa en circunstancias excepcionales, se presenta dentro de los 180 días siguientes a la fecha en que se dictó la orden en rebeldía (INA § 240(b)(5)(C), 8 C.F.R. § 1003.23(b)(4)(ii));
  • si el fundamento es la falta de notificación adecuada o el hecho de encontrarse bajo custodia federal o estatal sin que medie culpa de la persona solicitante, la moción puede presentarse en cualquier momento (ibíd.);
  • las respuestas a dichas mociones se presentan dentro de los diez (10) días siguientes a la recepción de la moción por parte del tribunal de inmigración, salvo que el juez disponga un plazo distinto.

Según los datos del EOIR, la persona solicitante solo puede presentar una única moción para anular la orden en rebeldía (8 C.F.R. § 1003.23(b)(4)(ii)). En los procedimientos de removal, la expulsión queda automáticamente suspendida (automatic stay) hasta que el juez de inmigración resuelva la moción (INA § 240(b)(5)(C), 8 C.F.R. § 1003.23(b)(4)(ii)).

¿Qué pasa si alguien falta a la corte de inmigración?

El EOIR describe que cualquier demora en presentarse a una audiencia —ya sea de tipo master calendar o individual calendar— puede llevar a que el juez declare a la persona sujeta a expulsión en rebeldía y dicte una orden de deportación in absentia (8 C.F.R. § 1003.26(c)).

¿Qué es una orden de deportación in absentia?

Es una disposición de expulsión que el juez dicta en ausencia de la persona en proceso de deportación. Según el EOIR, cualquier demora en presentarse a una audiencia master calendar o individual calendar puede dar lugar a este resultado (8 C.F.R. § 1003.26(c)). Contra una orden de expulsión dictada en rebeldía no existe apelación directa.

¿Se puede reabrir una orden dictada en ausencia?

Según la descripción del EOIR, en los procedimientos de removal una orden dictada en rebeldía solo puede anularse si prospera una moción para reabrir el caso (motion to reopen). La Junta de Apelaciones de Inmigración no conoce apelaciones directas contra dichas órdenes en los procedimientos de removal.

¿Cuánto tiempo hay para presentar una moción para reabrir?

El EOIR indica que, si la moción se basa en circunstancias excepcionales, los solicitantes por lo general la presentan dentro de los 180 días posteriores a la orden en rebeldía. Si el fundamento es no haber recibido notificación adecuada o haber estado bajo custodia federal o estatal sin culpa propia, la moción puede presentarse en cualquier momento (INA § 240(b)(5)(C), 8 C.F.R. § 1003.23(b)(4)(ii)).