La audiencia maestra (master calendar hearing) es una sesión en la corte de inmigración dedicada a asuntos administrativos o de procedimiento: la presentación de cargos, las respuestas de la parte (pleadings), el establecimiento de plazos y la programación de sesiones posteriores. Según el manual de la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Inmigración (EOIR), estas audiencias se celebran para «pleadings, scheduling, and other similar matters» (EOIR, § 3.14(a)).
Cómo funciona el proceso
La audiencia maestra es la sesión inicial en la que el juez de inmigración explica los derechos de la parte en el proceso (respondent), lee los cargos contenidos en el aviso de comparecencia, recibe las respuestas a dichos cargos y fija plazos y fechas para las sesiones siguientes. Según la descripción de EOIR, el juez activa el equipo de grabación al inicio de la sesión, y la audiencia queda registrada, salvo las discusiones «off the record» (EOIR, § 3.14(f)).
De acuerdo con EOIR (§ 3.14(e)), en el marco de la audiencia maestra el juez por lo general:
- informa a la parte sobre su derecho a contar con un representante (practitioner) sin costo para el gobierno;
- comunica la disponibilidad de proveedores de asistencia legal gratuita (pro bono) y entrega la lista correspondiente a la región donde se celebra la audiencia;
- explica el derecho a presentar pruebas, examinarlas e impugnarlas, así como a realizar contrainterrogatorios a los testigos del Departamento de Seguridad Nacional (Department of Homeland Security);
- describe los cargos y las afirmaciones de hecho del Aviso de Comparecencia (Formulario I-862) en lenguaje accesible;
- recibe los pleadings, identifica y delimita los puntos en disputa;
- establece plazos para la presentación de solicitudes de protección (relief), escritos (briefs), mociones, listas de testigos y otros documentos;
- programa sesiones para examinar los puntos controvertidos;
- advierte sobre las consecuencias de no comparecer a sesiones posteriores y explica el derecho a apelar ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (Board of Immigration Appeals, BIA).
El inicio del proceso queda registrado mediante el aviso de comparecencia. EOIR señala (§ 3.14(b)) que entre la entrega del Aviso de Comparecencia (Formulario I-862) y la primera audiencia maestra deben transcurrir al menos diez días, a fin de que la parte tenga oportunidad de buscar representación y prepararse (con referencia a INA § 239(b)(1)). Este requisito puede dejarse sin efecto si se firma la «Request for Prompt Hearing» incluida en el Aviso de Comparecencia, en cuyo caso la audiencia puede programarse dentro de ese plazo de diez días. Para más detalles sobre el procedimiento, véase la sección corte de inmigración y procesos de deportación.
Notificación de la fecha y obligaciones de dirección
EOIR describe (§ 3.14(c)) que el Aviso de Comparecencia puede incluir la fecha, hora y lugar de la primera audiencia maestra. Si esa información figura en el aviso, se espera que la parte se presente en el lugar y momento indicados; si no figura, la notificación con esos datos se envía por correo. Cualquier cambio de fecha, hora o lugar se comunica a la parte por correo, a la dirección registrada ante la corte de inmigración.
Al abrir la sesión, el juez verifica el nombre, la dirección y el número de teléfono de la parte. Según EOIR (§ 3.14(f)), cuando la dirección o el teléfono cambian, los solicitantes por lo general presentan el formulario de cambio de datos de contacto (Change of Address/Contact Information Form, Formulario EOIR-33/IC).
¿Es obligatorio asistir a la audiencia maestra?
La ausencia de la persona en proceso de deportación a la audiencia maestra o a la audiencia individual puede derivar en una orden de expulsión in absentia (EOIR, § 3.16(a)). Según el manual, las partes suelen llegar a la corte antes de la hora señalada; los representantes se registran ante el personal del tribunal (§ 3.14(d)).
¿Qué pasa si alguien falta a la audiencia?
Según EOIR (§ 3.16(a)), la inasistencia puede dar lugar a una orden de expulsión in absentia. Dicha orden no admite apelación; sin embargo, las partes pueden presentar una moción para reabrir el caso (motion to reopen) con el fin de dejar sin efecto la orden in absentia. El manual señala que los procesos de deportación y exclusión están sujetos a estándares distintos a los de los removal proceedings (§ 3.16(b)).
¿Se proporciona intérprete en la corte de inmigración?
EOIR indica (§ 3.14(f)) que, cuando resulta necesario, se pone a disposición un intérprete (interpreter) para la persona cuyo dominio del inglés no sea suficiente para comprender plenamente el proceso y participar en él.
¿Qué ocurre cuando la parte no tiene representante (pro se)?
Según la descripción de EOIR (§ 3.14(g)), cuando la parte no está representada («pro se»), el juez le explica sus derechos y obligaciones, incluido el derecho a contar con un representante sin costo para el gobierno, y se asegura de que haya recibido la lista de proveedores de asistencia legal gratuita. La parte puede renunciar a ese derecho y llevar el caso por su cuenta, o bien solicitar al juez que posponga el proceso a otra audiencia maestra para buscar representación. Si en la siguiente sesión la parte sigue sin representante, se espera que explique los esfuerzos realizados para encontrar uno.